Bogotá, 10 de diciembre de 2012.- Con
el fin de garantizar la movilidad en las vías del país en esta
temporada de navidad, año nuevo y reyes, el Ministerio de Transporte en
coordinación con la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía
Nacional, da a conocer las restricciones para vehículos de carga en la
red vial nacional.
Esta
restricción se realiza dando cumplimiento a lo dispuesto en la
Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012 en su artículo 3.3, por la cual
se establecen unas medidas de tránsito vehicular para temporadas
especiales.
A continuación fechas, horas y corredores viales en que se aplicará la restricción:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE LES APLICARÁ LA RESTRICCIÓN PARA LOS VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.
VIERNES 21-DICIEMBRE-2012
14:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 22-DICIEMBRE-2012
06:00 A 20:00 HORAS
LUNES 24-DICIEMBRE-2012
12:00 A 20:00 HORAS
MARTES 25-DICIEMBRE-2012
11:00 A 23:00 HORAS
VIERNES 28-DICIEMBRE-2012
14:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 29-DICIEMBRE-2012
06:00 A 20:00 HORAS
LUNES 31-DICIEMBRE-2012
12:00 A 23:00 HORAS
MARTES 01-ENERO-2013
12:00 A 20:00 HORAS
MIÉRCOLES 02-ENERO-2013
12:00 A 20:00 HORAS
VIERNES 04-ENERO-2013
18:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 05-ENERO-2013
06:00 A 23:00 HORAS
DOMINGO 06-ENERO-2013
12:00 A 22:00 HORAS
LUNES 07-ENERO-2013
08:00 A 23:00 HORAS
14:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 22-DICIEMBRE-2012
06:00 A 20:00 HORAS
LUNES 24-DICIEMBRE-2012
12:00 A 20:00 HORAS
MARTES 25-DICIEMBRE-2012
11:00 A 23:00 HORAS
VIERNES 28-DICIEMBRE-2012
14:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 29-DICIEMBRE-2012
06:00 A 20:00 HORAS
LUNES 31-DICIEMBRE-2012
12:00 A 23:00 HORAS
MARTES 01-ENERO-2013
12:00 A 20:00 HORAS
MIÉRCOLES 02-ENERO-2013
12:00 A 20:00 HORAS
VIERNES 04-ENERO-2013
18:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 05-ENERO-2013
06:00 A 23:00 HORAS
DOMINGO 06-ENERO-2013
12:00 A 22:00 HORAS
LUNES 07-ENERO-2013
08:00 A 23:00 HORAS
Vías a restringir:
1. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.
2. BOGOTÁ – FUSAGASUGA – MELGAR – IBAGUE.
3. BOGOTÁ – TUNJA.
4. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICA – UBATE – CHIQUINQUIRA – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA
5. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
6. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
7. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
8. BOGOTÁ - CHOACHÍ.
9. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
10. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
11. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
12. PASTO – CHACHAGÜÍ.
13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
14. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
15. SIBATÉ- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
17. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
FECHAS,
HORAS Y CORREDORES VIALES, QUE SERÁN COBIJADOS CON LA RESTRICCIÓN
VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A
3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.
LUNES 24-DICIEMBRE-2012
12:00 A 20:00 HORAS
LUNES 31-DICIEMBRE-2012
12:00 A 22:00 HORAS
SÁBADO 05-ENERO-2013
09:00 A 21:00 HORAS
DOMINGO 06-ENERO-2013
12:00 A 20:00 HORAS
LUNES 07-ENERO-2013
09:00 A 21:00 HORAS
Vías a restringir:
1. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
2. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
3. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
4. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
5. SANTA MARTA-BARRANQUILLA
6. MONTERÍA -TOLÚ- COVEÑAS
7. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
8. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
9. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
10. TUNJA-BARBOSA
11. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
12. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL
13. HATILLO-BARBOSA
14. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
15. MANIZALES-LA MUANIELA-LA FELISA-LA PINTADA
16. MANIZALES-CHINCHINÁ-SANTAROSA-PEREIRA
17. PEREIRA-ARMENIA-RIOSUCIO
18. PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA
19. CALI-YUMBO-YOTOCO
20. NEIVA-GARZÓN
21. IBAGUÉ-HONDA
22. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
23. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
24. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
25. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
26. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR)
27. VILLAVICENCIO-CUMARAL
NOTA 1:
El día viernes 04 de enero de 2013, la restricción únicamente se
aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2:
El día lunes 07 de enero de 2013, la restricción se aplicará sin
excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a
3.4 toneladas.
NOTA 3: El
Instituto Nacional de Vías - INVÍAS, la Agencia Nacional de
Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional,
suspenden y no realizan obras en la red vial, durante la vigencia del
presente comunicado.
NOTA 4: Los
vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada,
tendrán restricción total en la red vial nacional, desde el día 20 de
diciembre de 2012, hasta el día 10 de enero de 2013.
La
Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte,
autorizará el paso de maquinaria y cargas para atender situaciones de
caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
Las
excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional,
durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas al protocolo
establecido en el artículo 6 de la resolución 3226, “por la cual se
establecen unas medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la
movilidad en las vías del país en temporadas especiales y se dictan
otras disposiciones”.
Fecha de publicación: 10/12/2012
http://www.mintransporte.gov.co
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