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viernes, 25 de enero de 2013

Licencias de Conduccion:siguen vigentes la gris, la amarilla y la blanca

Renovación de las licencias de conducción


Aunque se espera una nueva licencia, siguen vigentes la gris, la amarilla y la blanca. La renovación del pase tiene un costo, pero nadie está obligado a realizarla.
Si en el 2012 usted tenía 55 años o menos, solo tendrá que renovar su licencia de conducción de servicio particular en el 2022, así su pase sea el tradicional amarillo, el gris o el más reciente de color blanco y tenga fecha de vencimiento.
La aclaración la hizo el Gobierno ante la confusión que existe sobre la vigencia de este documento, y pese a que hace un año se expidió la ley antitrámites, que estableció una transición en las renovaciones para quienes en el año pasado tenían entre 56 y 60 años.
Cuando termine la transición, todas las licencias de servicio particular tendrán una vigencia de 10 años mientras la persona cumple los 60; desde los 61 y hasta los 79, se deberá renovar cada 5 años, y a partir de los 80, este trámite deberá realizarse cada año.
María Lorena Gutiérrez, alta consejera para el Buen Gobierno, aseguró que "la renovación del pase tiene un costo, pero ninguna persona está obligada a realizarla hasta tanto no se cumplan esos plazos".
Aclaró que este beneficio no cobija a quienes conduzcan vehículos de servicio público, ya que deberán renovar la licencia cada 3 años hasta que cumplan 60, y a partir de esa edad tendrán que hacerlo cada año.
En el país, de acuerdo con el Ministerio de Transporte, hay cerca de 18 millones de licencias de conducción, de las cuales al menos 10 millones están activas, y se estima que la gran mayoría son de personas menores de 55 años.
El objetivo del Gobierno es que el pase particular sea un documento igual para todos los ciudadanos, el cual se denominará Ficha Técnica Única, que se espera entre en vigencia a mediados de año. Sin embargo, el pase actual seguirá vigente hasta que se cumplan los plazos establecidos, pero si por voluntad propia una persona desea renovarlo, a partir de junio o julio le entregarán, con un costo que oscilará entre los 120 y los 180 mil pesos, la Ficha Técnica Única.
La directora de Tránsito del Ministerio de Transporte, Aída Lucy Ospina, explicó que el nuevo pase entraría en operación en julio, por lo que todo ciudadano que tramite una licencia nueva o duplicado la tendría. "Lo que estamos definiendo es el proceso de sustitución, que sería gratuito, pero aún no tiene fecha para ser aplicado", dijo.
Algo que los ciudadanos deben tener claro es que si desean salir del país y su licencia de conducción aparece vencida, deberán renovarla si tienen la intención de manejar algún vehículo en vías extranjeras, así en Colombia, como se dijo, no sea obligatorio realizar este trámite.
Recuerde que las licencias amarillas de servicio particular están marcadas con los números 2 o 3, las demás son de servicio público; en el caso de la blanca, que es la más reciente, se identifica con la letra B, ya que las que tienen la C son para transporte público.
Alerta por mensajes de texto falsosLa Secretaria Distrital de Movilidad (SDM) informó esta semana que personas inescrupulosas están enviando mensajes de texto a diferentes números celulares en nombre de funcionarios de esa entidad, en los que se indica que los destinatarios tienen comparendos pendientes y los invitan a realizar el pago correspondiente.
La Dirección de Servicio al Ciudadano precisó que la SDM "no utiliza este tipo de medios para comunicarse con los usuarios, ni envía mensajes de texto solicitando un pago oportuno para evitar sanciones".
Por el contrario, hizo un llamado para que las personas consulten la página web www.movilidadbogota.gov.co con el fin de verificar si tienen algún tipo de comparendo, ya sea físico o electrónico, y así evitar confusiones.
Las autoridades adelantan la investigación para dar con el paradero de los responsables de esta falsa información.
http://www.motor.com.co
viernes 25 de Enero de 2013

lunes, 21 de enero de 2013

Esto es lo que usted debe saber de las licencias de conducción

Archivo/VANGUARDIA LIBERAL

Se estima que en Colombia hay aproximadamente 16 millones de licencias de conducción que corresponden a 8 millones y medio de personas.De ellas éstas solo la mitad podrían ser vigentes, las otras habrían sido suspendidas a conductores en estado de embriaguez o con conductas peligrosas.

Sin embargo, gran cantidad de estas licencias se encuentran vencidas sin que sus titulares conozcan las consecuencias que acarrea dicha desactualización.

El Código Nacional de Tránsito establece que la multa por conducir con una licencia vencida, o en su defecto sin tenerla, es de 8 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, 137.600 pesos.

Pero lo peor no es la multa, sino que recibirla implica, además, la retención del vehículo.

La fecha de vencimiento de las licencias de conducción figura en la parte inferior de la cara frontal de la tarjeta.

En algunas, más antiguas, no aparece fecha alguna, lo cual no significa que se trate de un caso especial.

Si su licencia no cuenta con fecha de vencimiento es conveniente que haga el cálculo según la fecha de expedición o que se acerque a un organismo de tránsito para averiguar por el estado de la misma. 


Tipos de Licencia de Conduccion vigentes

Para vehículo particular:
A1: motos de hasta 125 centímetros cúbicos.
A2: motos de más de 125 centímetros cúbicos.
B1: automóviles, camperos, camionetas, microbuses, motocarros y cuatrimotor.
B2: camión rígido, bus y buseta.
B3: articulados y biarticulados.

Para vehículo de servicio público:
C1: automóviles, camperos, camionetas y microbuses.
C2: camión rígido, bus y buseta.
C3: articulados (tractocamión y transmilenio) y biarticulados.
Además hay una licencia de conducción que se conoce como tipo 4.


Cuando renovar su Licencia de Conduccion

En resumen, el trámite de renovación de la licencia de conducción se debe hacer cada vez que el documento pierda su periodo de vigencia, sin excepción.

Sin embargo, hay otros casos en los cuales es posible renovar la licencia de conducción voluntariamente: si el formato que usted tiene es muy antiguo y está deteriorado, borroso, etc. y desea actualizarlo; o si usted cuenta con una licencia que tiene un periodo de vencimiento indeterminado y desea hacerla válida en otro país (en la mayoría de los países no aceptan una licencia de conducción que no tenga fecha de vencimiento claramente señalada, debido a que genera desconfianza).

sábado, 5 de enero de 2013

Se actualizan los valores de las infracciones a las normas de tránsito para el 2013

Bogotá, 2 de enero de 2013.- A partir del 1 de enero de 2013 y como consecuencia del aumento del salario mínimo legal del 4.02%, todas las multas por infracciones a las normas de tránsito se actualizan. El salario mínimo diario legal vigente (SMDLV) para el 2013 es de $19.650.

Es decir, que de acuerdo al número de SMDLV de cada infracción, el valor de las multas será:
Multa en SMDLV                               Valor de la multa
1                                                          $19.700
8                                                        $157.200
10                                                         $196.500
15                                                         $294.800
30                                                          $589.500
45                                                          $884.300
90                                                        $1’768.500
                        
A manera de ejemplo:
Las infracciones de peatones se sancionan con 1 SMDLV y las infracciones para los conductores de vehículos de tracción animal se sancionan con 4 SMDLV.
Entre infracciones que se sancionan con 8 SMDLV, se encuentran la de no portar licencia de conducción y remolcar otro vehículo sin el correspondiente permiso. Mientras que fumar cuando se conduce genera una sanción de 10 SMDLV.
No utilizar cinturón de seguridad, exceder los límites de velocidad y no realizar revisión técnico-mecánica en el plazo o aun cuando se haya realizado y el vehículo no se encuentra en adecuadas condiciones, entre otras infracciones, se sancionan con 15 SMDLV.
Conducir sin portar el seguro obligatorio se sanciona con 30 SMDLV y además, el vehículo será inmovilizado.
La infracción con la sanción más alta es la de conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas que se multa con 45 SMDLV y si se trata de conductor de vehículo de servicio público se duplica, es decir que la multa sube a 90 SMDLV. En ninguno de estos casos se puede reducir el valor por pronto pago o por la asistencia a curso pedagógico.
Recuerde que la seguridad de los actores de la vía depende de la precaución y responsabilidad de los conductores. Cumpla la reglamentación del tránsito, con esto no solo evita las multas sino que protege su vida y la de los demás.

 http://www.mintransporte.gov.co
5 de Enero de 2013

miércoles, 2 de enero de 2013

QUÉ ES REVISIÓN TÉCNICOMECÁNICA?



Es un procedimiento de control que en Colombia es obligatorio para todos los vehículos de servicio público o particular lo mismo para el caso de las motocicletas que aun están en circulación.

Es necesario, por que es la manera en que se controla que los vehículos que circulan por el país ruedan en perfectas condiciones mecánicas, esto incluye frenos, suspensión, señales visuales, audibles etc. Controla a su vez el nivel de emisión de gases contaminantes; este nivel es establecido por la autoridad ambiental competente. Otro punto importante es  la emisión de ruido que causa cada vehiculo; es medido y controlado por este procedimiento según el  valor máximo permisible de onda sonora que genere el vehiculo.

De esta manera se  protegerá no solo al medio ambiente de la emisión de gases y de la contaminación auditiva,  si no que  libera en su mayoría casos de accidentes por esta causa.

Para que presente una buena revisión  tecnico mecanica y no se le convierta en un dolor de cabeza sigua las siguientes instrucciones.

Ha sido modificada por el decreto 0019 de 10 de enero de 2012, de la ley antitramites

LEY QUE SUSTENTA LA REVISION TECNICO MECANICA EN COLOMBIA

La Ley 769 de 2002, El Código Nacional de Tránsito, en sus Artículos 50 y 53 y las Resoluciones No. 3500 de 2005 y 2200 de 2006, de los Ministerios de Transporte y Medio Ambiente, establecen la obligación para que los propietarios de vehículos y/o motos de uso particular, público y oficial realicen la Revisión Técnico – Mecánica y de Gases en los Centros de Diagnostico Automotor debidamente Certificados y Habilitados por la autoridad competente.

VIGENCIA DE LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA PARA LOS VEHÍCULOS DE SERVICIO PARTICULAR

La vigencia del certificado de la revisión unificada técnico  mecánica y de gases para los vehículos particulares es de dos (2) años.

VIGENCIA DE LA REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA PARA LOS VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO

La vigencia del certificado de la revisión unificada técnico – mecánica y de gases para los vehículos de servicio público es de un (1) año.

Los vehículos matriculados entre el 1° de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2006, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de gases al cumplir dos (2) años a partir de su matrícula inicial.