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miércoles, 30 de octubre de 2013

¿Qué pasa con la vigencia de las licencias de conducción después del Decreto 019 de 2012?


El Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si su licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberá renovarla cada año.

Nota: recuerde que si su licencia es para conducir servicio público, la renovación es cada 3 años, pues esta no fue modificada con el Decreto 019 de 2012.

Fuente: www.mintransporte.gov.co

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