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viernes, 11 de abril de 2014

Examen teórico-práctico de conducción para vehículos particulares

El art.19 del Codigo de transito de Colombia expresa:
Podrá obtener por primera vez una licencia de conducción para vehículos, quien acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos:
3. Aprobar un examen teórico-práctico de conducción para vehículos particulares que realizarán los organismos de tránsito de acuerdo con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte, o presentar un certificado de aptitud en conducción otorgado por un centro de enseñanza automovilística debidamente aprobado por el Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Ministerio de Transporte.



Centro de Enseñanza automovilistica AUTO KAPITAL

Cra. 98 16I - 52 - Local 1 - 2Tel: 745 4067 - 746 1264

cea.autokapital@gmail.com
Fontibon - Bogota DC

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