Por favor tenga en cuenta lo siguiente si usted no está seguro de haber sido sujeto de un fotocomparendo o foto multa:
- Los agentes de tránsito ya no recurren, como solían hacer antes, a levantar los autos mal estacionados en grúas para ser llevados a patios. Les basta con tomar la foto y registrar los datos del vehículo.
- El fotocomparendo o foto multa tarda aproximadamente unas dos semanas en llegar al domicilio registrado en el RUNT.
- El fotocomparendo o foto multa es impuesto al propietario del vehículo, según la información contenida en el RUNT, aún cuando éste no haya sido el infractor o el conductor del vehículo.
- Aún así, el propietario tiene la opción de aclarar que no ha sido el infractor y hacer que sea impuesto a otro conductor, utilizando los campos dispuestos en el fotocomparendo.
- El fotocomparendo cuenta con tres (3) fechas de pago así: Primera fecha con descuento del 50% y curso de seguridad vial; Segunda fecha con descuento del 25% y curso de seguridad vial; Tercera fecha sin descuento y sin posibilidad de hacer curso de seguridad vial.
- A partir de la última fecha, si no se ha pagado el fotocomparendo, comienzan a correr intereses sobre el valor total a pagar.
Si a su domicilio ha llegado un fotocomparendo o foto multa, usted tiene 3 opciones así (puede elegir solo una de las tres):
- Aceptar la comisión de la infracción y pagar el valor de la multa con la orden de comparendo recibida en las entidades financieras autorizadas, o por medios electrónicos (en este última opción debe pagar el 100% de la infracción).
- Aceptar la comisión de la infracción y acogerse a los descuentos del valor de la multa del 50% o del 25%, de acuerdo con los plazos que otorga la ley y que se clarifican en el fotocomparendo. tenga en cuenta que estos descuentos se otorgan SOLO SI realiza el curso pedagógico sobre normas de tránsito dentro del mismo plazo de la opción elegida, en los sitios señalados por la Secretaría Distrital de Movilidad.
- Presentar sus descargos en audicencia pública hasta el día señalado en el reverso de la comunicación del comparendo electrónico, en los sitios señalados para impugnación por la Secretaría Distrital de Movilidad.
Si no se presenta, la autoridad seguirá el proceso contravencional entendiéndose que queda vinculado al mismo, fallando en audiencia pública y notificando en estrados. En este caso, queda obligado a pagar el 100% del valor de la multa más sus correspondientes intereses moratorios.
FUENTE:http://soat.co/articulos/que-hacer-si-me-imponen-un-foto-comparendo-o-fotomulta/
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