Una vez sancionada la ley anti tramites,
decreto ley 012 de enero de 2012, las licencias de conducción tendrán
una vigencia de 10 años a partir de la fecha de expedición y su periodo
activo se ira reduciendo de acuerdo a la edad del portador.
Es decir, para los conductores de
servicio particular menores de 60 años de edad, deberán realizar
la renovación de la licencia de conducción transcurridos 10 años
Los ciudadanos que tengan edades entre 60 y 80 años la primera renovación se hará dentro de cinco años, eso daría en el 2018.
Los conductores mayores a 80 años que
manejen servicio particular deberán realizar la renovación del pase cada
año con la respectiva aprobación del examen psicomotriz.
Cambios en la refrendación del pase para conductores de servicio publico.
Para los conductores de servicio publico
menores a 60 años, se mantiene la renovación de la licencia
de conducción cada 3 años después de vencida. Para los conductores
mayores de 60 años la deberán renovar cada año como hasta ahora.
Ningún ciudadano está obligado a cambiar su licencia, siempre y cuando no se encuentre en los plazos de vencimientos fijados.
Sobre la sustitución de la licencia de conducción.
Esta se deberá realizar cuando el ministerio de transito y transporte, adopte la nueva ficha técnica de conformidad al articulo 244 de la ley 1450 de 2011.
A si seria el cambio de las licencias de conducción
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