Ministerio de Transporte de Colombia
Resolucion 0000623-7 de marzo de 2013
Por medio de la cual se adopta la Ficha Técnica del Formato Único Nacional para licencia de conducción y se dictan otras disposiciones
La Subdirectora de Tránsito, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 1º y el inciso 2º del artículo 17 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 4º de la Ley 1383 de 2010, el artículo 16, numeral 16.3 del Decreto 087 de 2011 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º de la Ley 39 de 1961, determina que la cédula de ciudadanía es el documento por medio del cual los colombianos mayores de edad, pueden identificarse en todos los actos civiles, políticos, administrativos y judiciales.
Que mediante Decreto-ley 1260 de 1970, estatuto vigente, se estableció como única prueba del nacimiento a la vida jurídica de una persona, el Registro Civil de Nacimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 118 ídem, modificado por el 10 del Decreto 2158.
Que el artículo 1º de la Ley 769 de 2002, establece que le corresponde al Ministerio de Transporte como autoridad suprema de tránsito definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito.
Que el artículo 2º de la Ley 769 de 2002, define la Licencia de Conducción como el documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridad competente, el cual autoriza a una persona para la conducción de vehículos con validez en todo el territorio nacional.
Que de conformidad con lo contenido en los artículos 8º y 9º de la misma norma, el RUNT es un sistema de información que permite registrar y mantener actualizada, centralizada y validada la información sobre la licencia de conducción entre otras, con el fin de ser la herramienta para el intercambio de información, confiable y segura.
Que el inciso 2º del artículo 17 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 4º de la Ley 1383 de 2010, dispuso que las nuevas licencias de conducción deberían contener el nombre completo del conductor, número del documento de identificación, huella, tipo de sangre, fecha de nacimiento, categoría de licencia, restricciones, fecha de expedición y organismo que la expidió y respecto a las características técnicas señaló la necesidad de que contaran con un código de barra bidimensional u otro dispositivo electrónico, magnético u óptico con los datos del registro que permita la lectura y actualización de estos, para efectos de que el organismo de tránsito pudiera confrontar la identidad del respectiv...
Articulo 6. TRANSITORIO. Los Organismos de Transito continuaran expidiendo Licencias de Conduccion con el formato de licencia adoptado mediante la Resolucion 001307 de 2009 y modificada por la Resolucion 3260 de 2009, hasta el 14 de julio de 2013, momento en el cual deberan hacer entrega de los sustratos restantes a las empresas proveedoras para efectos de que ellos lleven a cabo la destruccion del material.
A partir del 15 de julio de 2013 los Organismos de Transito del pais, deberan expedir las licencias de conduccion de conformidad con la ficha tecnica adoptada en la presente resolucion.
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